CLAVES PARA SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA
1. Residencia legal en España
La ley es muy clara en este sentido. Para poder solicitar la nacionalidad española por residencia es necesario acreditar cierto tiempo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
La regla general es poder acreditar 10 años de residencia en España. Sin embargo, en ciertos supuestos este plazo de 10 años se ve reducido, por ejemplo cuando se trata de ciudadanos de países iberoamericanos en cuyo caso bastará con acreditar dos años de residencia legal o, cuando por ejemplo estamos casados con un ciudadano español o hemos nacido en España, supuestos en los cuales este plazo se ve reducido a un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
En este sentido hay que especificar que la jurisprudencia establece que las ausencias durante este tiempo no pueden ser superiores a 3 meses , y en caso de que lo sean, habrá que aportar documentación que justifique las salidas de territorio español durante este tiempo.
2. Superación de los exámenes CCSE y DELE
Para poder solicitar la nacionalidad española es obligatorio superar estos dos exámenes y poder acreditar la integración en la sociedad española.
Es importante hacer una precisión en este sentido, y es que, aquellos ciudadanos de países de habla hispana, están exentos de tener que realizar el examen de idioma (DELE) pero sí deberán realizar el examen de conocimientos socioculturales (CCSE), un examen tipo test muy sencillo.
Sin embargo, están exentos de la realización de ambos exámenes aquellos que hayan estudiado la ESO (Educación Secundaria Obligatoria) en España y puedan aportar el correspondiente título que lo certifique.
3. ¿Cuál es la documentación necesaria para el trámite?
A día de hoy el trámite es bastante más sencillo que antes ya que no hay que acreditar que nos encontramos trabajando ni que tenemos un contrato o nóminas.
Para simplificar este apartado, vamos a citar los documentos necesarios:
- Pasaporte en vigor
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales.
- En su caso, certificado de matrimonio
- Abono de la tasa (103,02€)
- Certificado de los exámenes o en su caso, título de la ESO.
- El trámite de la jura
4. El trámite de la jura
El último requisito para obtener la nacionalidad es la realización del trámite de la jura.
Una vez tengamos en nuestras manos la resolución de concesión de nacionalidad, la misma está condicionada a jurar ante el encargado del Registro Civil de nuestro domicilio, la adquisición de la misma, la fidelidad al Rey y a la Constitución y, en su caso, renunciar a nuestra anterior nacionalidad.
Este trámite se debe realizar en el plazo de 180 días (6 meses), y si no se cumple, la nacionalidad concedida se archivaría, debiendo presentar una nueva solicitud.
Una vez realizada la jura, pasaremos a tener un certificado de nacimiento español, con el cual deberemos acudir a la comisaría de policía para la expedición del DNI y pasaporte españoles.
Por todo lo anterior, si estás interesado en solicitar la nacionalidad española por residencia te recomendamos que acudas con un especialista en la materia para que te asesore de forma correcta sobre el proceso a seguir y para que obtengas la concesión de tu nacionalidad lo antes posible.
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